Estás en Telenord Medios

Puedes continuar navegando en esta versión o visitar nuestra web de Servicios.

Skip to main content

Condenan a Migración por impedir viajes a Jean Alain Rodríguez previo a su juicio penal

La Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional condenó a la Dirección General de Migración (DGM) y a su director, Luis Rafael Lee Ballester, por haber impedido de forma ilegal y arbitraria la salida del país del ex procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, junto a su familia, en los años 2020 y 2021, antes de iniciarse el proceso penal en su contra.

El tribunal acogió la acción de habeas data presentada por la defensa de Rodríguez, ordenando a Migración entregar el documento que dispuso la restricción migratoria en noviembre de 2020 y junio de 2021.

Asimismo, impuso una sanción solidaria de 30,000 pesos por cada día de retraso en la entrega de dicha documentación.

Durante el proceso, la DGM, en coordinación con la Procuraduría General de la República, negó haber impedido la salida del exfuncionario, alegando que no existía ninguna alerta migratoria.

Sin embargo, las pruebas presentadas —incluyendo actas notariales, boletos aéreos, fotografías, un video grabado en el aeropuerto y una carta pública de la entonces procuradora Miriam Germán Brito reconociendo la existencia de dichas alertas— contradijeron esa versión.

Vulneración de derechos
El fallo judicial establece que se vulneraron derechos fundamentales de Rodríguez, incluyendo el derecho a la dignidad y al honor.

Asimismo, ordena la restitución plena de sus garantías constitucionales cuanto antes.

La lectura íntegra de la sentencia está prevista para el 7 de octubre de 2025, a las 12 del mediodía.
La defensa del exprocurador, integrada por los abogados Carlos Balcácer, Gustavo de los Santos Coll, Albert Delgado y Nelys Rivas, valoró la decisión como un reconocimiento judicial a la ilegalidad de los actos cometidos en perjuicio de su cliente.

Los juristas instaron a la Dirección General de Migración y al Estado a cumplir con la sentencia y entregar el documento requerido.

Implicaciones
La decisión judicial pone en evidencia el uso discrecional de mecanismos administrativos para restringir derechos sin respaldo legal.

En este caso, la alerta migratoria fue aplicada sin orden judicial, sin notificación formal y sin que existiera un proceso penal abierto en ese momento.

Lo anterior constituye una violación directa al principio de legalidad.

El caso adquiere relevancia adicional por tratarse de un exfuncionario que luego fue sometido a la justicia por presuntos actos de corrupción administrativa.

Sin embargo, la sentencia se refiere a hechos ocurridos antes de la apertura formal del proceso penal, lo que refuerza la necesidad de distinguir entre persecución judicial legítima y vulneración de derechos sin garantías.

Según Migración, cuando se le notifique la sentencia, que seguro será después que se lea, será estudiada y se tomarán las decisiones institucionales de lugar. La DGM está atenta a sus responsabilidades en todos los escenarios.